Laicidad y
‘saría’
MARTÍN CASTILLA · TEXTO
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¿Adónde va una
Universidad pública organizando o patrocinando
actividades proislámicas, como, por ejemplo, un congreso internacional
sobre la
saría en el siglo XXI?
No es que no sea
necesaria la investigación sobre los sistemas
religiosos, basada en la historia de la religión, la antropología y
otras
ciencias del hombre. De su ausencia padecemos, desde que la Universidad
española
renunciara, en el siglo XIX, al conocimiento en materia de religión.
Pero lo que
ofrece el mencionado congreso sobre la saría, o
el derecho islámico, no parece un estudio científico, sino una serie de
ponencias cuyo fondo es netamente confesional y de propaganda islámica.
A todas
luces, está diseñado para un público occidental, ignorante del asunto y
que
quedará aún más ignorante después. Su propósito no puede ser otro que
promocionar una imagen almibarada del islam, y el resultado, erosionar
todo
pensamiento crítico.
Los fundamentos
de la saría son los establecidos por Mahoma
en el Corán, que la tradición islámica tradujo más tarde en la Ley o
sistema
jurídico conocido con el nombre de saría. No podemos dejar de
tener
presente que ese sistema se sustenta en un totalitarismo teológico. No
es
casual que los Estados musulmanes rechacen la declaración universal de
los
derechos humanos. Lejos de las campañas actuales para camuflar su
significación
y engañarnos, pongamos en evidencia algunos de los pilares obligatorios
que
compendian el sistema legal de la saría:
1. Obliga a creer
en Alá y en el profetismo de Mahoma, como
supuesta revelación divina, literal e inmutable, fundamento
incuestionable de
todo saber y obrar para los humanos. Establece la obligatoriedad social
y
pública de los ritos islámicos: la profesión de fe, el rezo cinco veces
al día,
el tributo religioso, el ayuno de ramadán y la peregrinación. Prohíbe
tajantemente abandonar el islam, lo que incurre en apostasía. Prohíbe
criticar
al islam y a Mahoma, lo que considera blasfemia.
2. Se instaura
como Ley a la vez religiosa y política, sobre el
fundamento inamovible del Corán, que regula todos los aspectos de la
vida en sociedad
y funciona como constitución suprema del Estado. Solo se acepta el
poder basado
en la religión.
3.
Estatuye por principio la inferioridad y desigualdad de la mujer
respecto al
hombre: "Ellas tienen
derechos similares a ellos, según los usos. Sin embargo, los hombres
están un
grado por encima de ellas"
(Corán 87/2,228).
4. Impone un
régimen de matrimonio y parentesco oriental, tribal,
en el marco de un sistema jurídico discriminatorio según el sexo.
Autoriza la
poligamia para los hombres ricos, y el repudio de la esposa. La mujer
debe
obedecer al marido. A la mujer no musulmana, para casarse con un
musulmán, se
la obliga a convertirse.
5. Considera
delito grave el adulterio. La acusación debe aportar
cuatro testigos.
6. Considera
delito grave la fornicación o las relaciones sexuales
entre no casados, y también la promiscuidad, las citas ilegales.
7. Considera delito grave
la homosexualidad tanto masculina como femenina.
8. Prohíbe la
prostitución.
9. Manda que los
niños musulmanes sean sometidos a la circuncisión,
aunque no aparece expresamente en el Corán, tanto masculina como
femenina, lo que
conlleva una forma de mutilación genital.
10. Autoriza que
las niñas puedan ser obligadas, por sus padres, a
casarse antes de llegar a la pubertad.
11. Impone un
orden económico y financiero halal, cuyo
modelo es el reparto desigual del botín. Prohíbe el préstamo con
interés,
aunque se suele burlar con triquiñuelas. En la herencia, a la mujer le
corresponde la mitad que al hombre.
12. Legaliza la
esclavitud y el mercado de esclavos, abastecido
especialmente mediante la yihad. Los amos tienen libertad para
relaciones
sexuales con ellos. Pueden ser manumitidos.
13. Basa la
justicia en el principio del talión. En cuanto al
testimonio, el de la mujer vale la mitad que el del hombre.
14. Prescribe
normas de vestimenta para las mujeres. Y también
para el atuendo de los hombres.
15. Estipula
reglas de impureza y pureza que rigen las relaciones
con el propio cuerpo y con los demás, para lo que exige abluciones y
rituales
de purificación.
16. Fija
prohibiciones alimentarias, como la carne de cerdo.
También se prohíbe la carne de otros animales impuros o no sacrificados
según
el rito halal, y la sangre.
17. Prohíbe el
consumo de todas las bebidas alcohólicas.
18. Prohíbe el
asesinato, pero establece razones legales para
matar y el precio de la sangre, según el talión.
19.
El
derecho solo ampara plenamente a los súbditos musulmanes, por lo que
los judíos
y los cristianos en sociedades musulmanas son discriminados
negativamente, bajo
el estatuto opresivo de la dimma, especie de protectorado bajo
la saría
y con onerosos impuestos.
20. Los
miembros de religiones no monoteístas
y los no creyentes están privados de todo derecho. No cabe libertad de
conciencia ni de religión (Corán 89/3,85), y hay que someterlos a todos
al
islam. La yihad está diseñada especialmente contra ellos.
En
su núcleo,
la jurisprudencia del sistema islámico consagra una jerarquía de poder
teocrático, es decir, sancionado y santificado teológicamente, que
viene a
reforzar las brechas estructurales que dividen a la humanidad, al
instaurar un
ideal de supremacía del musulmán sobre el no musulmán, supremacía del
árabe
sobre el no árabe, supremacía del amo sobre el esclavo, supremacía del
varón
sobre la mujer. Con el agravante de que es Dios, el del del Corán,
refrendado
por el Jesús mahometizado, quien manda ejercer la opresión sobre los no
musulmanes, sobre los judíos y los cristianos, sobre los esclavos y
sobre las
mujeres.
La saría
incluye también un código penal: todo
incumplimiento o transgresión de
la ley, que es siempre religiosa a la vez que política, no solo se
considera
pecado, sino delito. Las transgresiones están sancionadas por un
régimen de
castigos crueles: flagelación, amputación, lapidación, decapitación,
crucifixión,
esclavización, etc.
Las innumerables
disposiciones de la saría son
esencialmente inmodificables según su propia concepción, porque están
fijadas
por las escuelas de jurisprudencia desde hace siglos y porque en su
mayor parte
las prescribe el Corán. El intento de interpretarlo de otro modo
incurriría en
delito de apostasía. Por esta razón no son creíbles estas propuestas de
actualización, que, de ser consecuentes, postularían no solo la
liquidación de
la propia saría, sino la desautorización del Corán. Una prueba
es que
tales propuestas ni siquiera podrían enunciarse públicamente en ningún
país de
régimen islámico. Por tanto, su sentido tiene que ser necesariamente
otro: con
toda seguridad, confundir a los intelectuales, a los medios y a las
sociedades
de Occidente.
Ese tipo de
actividades forma parte de la "yihad cultural",
se encuadra dentro de la estrategia global de islamización. Sus
objetivos son
simples: primero, ir obteniendo influencia en sectores sociales e
institucionales, para, en un momento dado, exigir que se apliquen
preceptos de
la saría; después, ir avanzando poco a poco hasta conseguir
apoderarse
de los resortes del Estado para imponerla sobre toda la sociedad. Lo
primero ya
está aquí: han logrado que se autocensuren los medios, que se recorte
la
libertad de expresión, que se penalice la islamofobia, que campe el
velo
femenino, que se sirva comida halal en centros públicos, etc. A lo
segundo no
han renunciado.
El
proyecto perenne del islam asume como meta instalar la saría en
el mundo.
La misión de la yihad es precisamente la implantación de la saría.
Y este
fin es lo que legitima, desde la visión musulmana, su presunto derecho
a la
conquista mesiánica y la dominación global.
No tiene
sentido que la
Universidad, pretendidamente laica, apoye un congreso que va destinado
a
cohonestar los despropósitos de la saría. No tiene sentido ni
justificación tan obsequiosa colaboración con el islamismo, que por
doquier se desarrolla
hoy como un hecho consumado, sin haberla debatido y sin informar de
ello a la
opinión pública.

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