18. Las prohibiciones y las
prescripciones rituales
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El concepto islámico de la pureza es
semánticamente
oscuro y genera, en los creyentes, una necesidad constante de
purificarse, hasta
el punto de volverse obsesiva. Entender ese concepto no es simple. No
se trata
de una cuestión de higiene, porque esa pureza o impureza alude, ante
todo, a un
estado legal, con implicaciones rituales y morales. La impureza supone
una
mancha o tacha que afecta a las personas, pero también a las cosas, los
alimentos y las bebidas, los procedimientos, las costumbres, los
comportamientos
de todo tipo. Mediante la marca de puro o impuro (halal o haram)
se categoriza y controla lo permitido y lo prohibido, lo lícito y lo
ilícito.
Su verdadera razón no estriba en alguna justificación de orden objetivo
(sanitario, económico, etc.), sino en el mero hecho de que así está
mandado por
el Corán o la jurisprudencia tradicional.
Esta mentalidad es la misma que entra en
juego con el
simbolismo ritual del velo. Se trata de un signo polisémico que
procede
de antiguo. Uno de sus sentidos en el ámbito sagrado lo hallamos en
aquel velo
que, en el templo de Jerusalén, separaba el sanctasantórum, vetando el
acceso
al santuario interior donde habitaba la presencia de Dios. Era el velo
que se
rasgó de arriba abajo, según los Evangelios sinópticos, cuando Jesús
expiraba
en la cruz (Marcos 15,38 y paralelos), como significando la
inauguración de una
comunicación abierta con la divinidad. Pero, en la regresión islámica,
los
velos arcaicos reaparecieron y se restauraron.
En el islam, la función del velo se traduce
en dos
oposiciones cuyos significados no acaban de encajar. Por un lado, el
velo puede
representar la separación entre lo sagrado y lo profano. Por otro,
connota la disyunción
entre lo lícito y lo ilícito o prohibido (halal/haram).
Una misma
palabra, haram, sirve para expresar a la vez esos dos aspectos:
lo
sagrado y lo prohibido. Por ejemplo, la principal mezquita de La Meca
se llama másyid
al-haram, el «santuario prohibido», en el sentido de sagrado, por
la
presencia divina. Y en la explanada interior, el cubo de la caaba,
denominada
casa de Alá, imita el sanctasantórum y se halla siempre cubierta por un
velo. Pero
se considera también haram todo alimento prohibido, la mujer
preservada
y todo comportamiento que transgrede la norma legalmente establecida.
Con la
misma lógica, esa palabra designa el harén, los aposentos de la casa
musulmana,
vetados a los hombres, donde viven las mujeres.
Ahora bien, en cuanto prohibido, lo haram
no es
tal por una maldad intrínseca, o por razones ponderables, sino porque
está
marcado negativamente por la voluntad divina que así lo ha decidido. Y
esto explica
la asimilación con el ámbito sagrado, que es el que instauró la
prohibición. En
ambas acepciones, como sagrado y como prohibido, haram
significa una
barrera impuesta por Dios al hombre, y este no puede o no debe
traspasarla.
Los dos pares de oposiciones tienen un
segundo
miembro, pero entre ellos resulta imposible la coincidencia: lo profano
(opuesto a sagrado) y lo halal o lícito (opuesto a haram)
no se
pueden asimilar en absoluto. Aquí encontramos un cruce extraño de
significaciones.
El significante haram comporta un doble sentido: positivo, en
el caso de
la mezquita; negativo, en el caso de la carne de cerdo, el vino o la
mujer del
prójimo. En cambio, el significante halal denota siempre algo
permitido
y bueno, en radical desencuentro con lo «profano» que, en esta
mentalidad, está
siempre marcado como negativo, algo malo, exterior e inasimilable en el
sistema. Lo profano nunca puede ser halal, jamás es lícito, de
modo que,
excluido lo profano, lo sagrado tiende a apoderarse de toda la realidad.
De ahí que el sistema islámico se constituya
necesariamente como teocracia. No queda espacio para la autonomía
humana,
considerada «profana». Lo profano connota idolatría, politeísmo,
descreimiento,
todo lo que se resiste a someterse a Alá. Lo profano es el dominio de
satanás,
que debe ser combatido; es el territorio de la guerra, que debe ser
conquistado.
Toda
la trama de prohibiciones y prescripciones cumple una función
religioso-política,
relacionada con la estrategia de marcar la separación de la comunidad
musulmana
con respecto a los demás. El código instaura fronteras simbólicas,
sociales y
legales, destinadas a construir y preservar una identidad
inconfundible, a
señalar la presunta superioridad propia sobre los demás, considerados
esencialmente impuros y profanos. Dentro de la sociedad islámica, tanto
los
creyentes como los descreídos carecen de libertad para transgredir la
barrera
halal/haram, que para todos impone un férreo sojuzgamiento al
sistema
islámico erigido por los califas. Mientras que los creyentes están
llamados a
derribar la barrera entre sagrado y profano, aniquilando toda
profanidad, a fin
de que solamente quede la sacralidad de Alá.
El Corán reglamenta prohibiciones y
prescripciones referentes a la comida y la bebida. De estas
reglamentaciones se
trata nada menos que en doce de los capítulos coránicos. Son normas muy
intrincadas, que afectan en particular al veto de la carne corrompida,
la carne
de cerdo, la sangre, lo ofrecido a otros dioses, el animal ahogado,
apaleado,
despeñado, corneado, devorado por una fiera o inmolado en los cipos.
«En lo que se me ha revelado, no
encuentro prohibido, para que lo coma el que come, sino la carroña, la
sangre
derramada, la carne de cerdo, porque es una abominación, o lo que, por
perversidad, se ha ofrecido a otro que no sea Dios» (Corán 55/6,145).
«Comed de lo lícito y lo bueno de que
Dios os ha provisto, y agradeced la gracia de Dios. Si es que lo
adoráis, Él os
ha prohibido la carroña, la sangre, la carne de cerdo, y la que se ha
ofrecido
a otro que no sea Dios» (Corán 70/16,114-115; repetido literalmente en 87/2,172-173).
«¡Hombres! Comed de lo que hay en la
tierra, lo lícito y lo bueno, y no sigáis los pasos de satanás. Es para
vosotros un enemigo declarado» (Corán 87/2,168).
«Os está prohibido [comer] la carroña,
la sangre, la carne de cerdo, la que se ha ofrecido a otro que no sea
Dios, la
de animal ahogado, apaleado, despeñado, corneado, devorado por una
fiera, salvo
la que vosotros inmoléis, y la que ha sido inmolada sobre piedras
erectas»
(Corán 112/5,3).
No solo hay comestibles prohibidos,
sino que también está prohibido el vino y las bebidas embriagantes.
Llama la
atención que los versículos coránicos que tratan del vino se
contradigan entre
sí, quizá por haberse producido una evolución cada vez más restrictiva
en el
precepto (es un caso evidente de abrogación). Primero, en la época
anterior a
la hégira, se mencionan las bebidas alcohólicas entre los dones de
Dios. Luego,
se miran con desconfianza. Y finalmente se prohíben de forma tajante.
«De los frutos de las palmeras y de
las vides obtenéis una bebida embriagadora y un buen sustento. Ahí hay
un signo
para gentes que razonan» (Corán 70/16,67).
«Te preguntan sobre el vino y el juego
de azar. Di: ‘En los dos hay un gran pecado y algunos beneficios para
los
humanos, pero su pecado es mayor que su beneficio’» (Corán 87/2,219).
«¡Vosotros que habéis creído! No os
acerquéis al rezo ebrios» (Corán 92/4,43).
«¡Vosotros que habéis creído! El vino,
el juego de azar, las piedras erectas y las flechas adivinatorias son
abominación y obra de satanás. ¡Apartaos de eso, pues! (…) Satanás solo
quiere
suscitar entre vosotros enemistad y odio, por el vino y el juego de
azar, y
desalentaros del recuerdo de Dios y del rezo. ¿No vais a absteneros de
ello?»
(Corán 112/5,90-91).
Es
probable que la prohibición del vino, aparte de prevenir ocasionales
abusos, se
hiciera cada vez más estricta como medida para mantener separados a los
musulmanes de otros contertulios judíos y cristianos.
Los alimentos y bebidas permitidos se
denominan halal, aunque, como queda
dicho, este concepto constituye una calificación más general, referida
a lo
permitido o lícito (halal) frente a
lo prohibido o ilícito (haram), con
implicaciones religiosas y jurídicas. Abarca incontables acciones de la
vida,
configuradas tanto pragmática como simbólicamente. En relación con el
tema de
las prohibiciones alimentarias, habría que recordar también, como una
variante,
la obligación del ayuno.
Las
prohibiciones alimentarias coránicas remontan su origen al sistema
legal de la
religión hebrea, si bien amplían el número de alimentos ilícitos,
impuros o
ilegales (haram), así como los procedimientos para su obtención
y
preparado. Al mismo tiempo, se fijan normas para alimentarse con comida
y
bebida con marchamo de lícito, puro y legal (halal). Por
ejemplo, los
animales permitidos deben estar sacrificados conforme al ritual de
extracción
de la sangre y mirando en dirección a La Meca.
La vestimenta, el atavío y el
acicalamiento son objeto de severas reglas, que han conseguido que la
moda
medieval perviva en buena parte hasta nuestros días. La importancia
concedida
al código vestimentario constituye una muestra práctica de la
intolerancia del
sistema islámico, reflejada en el modo de vestir. Con todo, el Corán es
parco
en este tema. Parece preocupado sobre todo por la peligrosidad social y
moral
del ser femenino, al que le impone normas de pudor y recato en el modo
de
vestir.
Cuenta
la tradición que Mahoma, en su palacio de Medina, por sugerencia de
Omar,
mantenía a sus esposas escondidas detrás de una cortina y desde allí
conversaban
con los visitantes, para no ser vistas. Con todo, los versículos que se
suelen
citar en apoyo del velo no son muy claros.
«¡Vosotros
que habéis creído! No entréis en las mansiones del profeta, a menos que
se os
autorice para la comida (…) Cuando les pidáis [a sus mujeres] alguna
cosa
pedídselo desde detrás de un velo. Esto es más puro para vuestros
corazones y para
sus corazones» (Corán 90/33,53).
En otro versículo, se da una razón
para que las mujeres se cubran con sus mantos cuando salen de casa, y
es que
puedan ser reconocidas como musulmanas y así no sean molestadas, algo
de lo
que, según se da a entender, no estarían protegidas las no musulmanas.
«¡Profeta!
Di a tus esposas, a tus hijas y a las mujeres de los creyentes que se
envuelvan
con sus mantos. Esto es lo mejor para que se las reconozca, y así no
sufrirán
molestias» (Corán 90/33,59).
En el hogar propio, no hay inconveniente
en que las mujeres se quiten el velo, delante de sus familiares,
personas
allegadas y esclavos (Corán 90/33,55), según se detalla:
«Di a las creyentes que bajen sus
miradas, que protejan su sexo y que no hagan aparecer de su encanto más
que lo
que aparece. Que plieguen sus velos sobre sus pechos. Que no hagan
aparecer su encanto
más que a sus maridos, sus padres, sus suegros, sus propios hijos, sus
hijastros, sus hermanos, sus sobrinos carnales, sus esposas, las
esclavas que
posean, los sirvientes eunucos, y los niños que aún no saben de las
intimidades
femeninas» (Corán 102/24,31).
Solo
a las mujeres mayores, que han llegado a la menopausia, se les levanta
la
estricta obligatoriedad del velo, pero, acostumbradas de toda la vida,
son
pocas las que se aprovechan de esta licencia, que recoge el Corán:
«Las
mujeres que han alcanzado la menopausia, y no esperan ya casarse, no
hay
inconveniente en que se quiten sus vestimentas, siempre que no se
exhiban con
su encanto. Pero, si se abstienen, es mejor para ellas» (Corán
102/24,60).
En lo que toca a los hombres, el Corán
es muy parco, apenas unas pautas de modestia en dos o tres versículos
(Corán
102/24,33; 102/24,58-59). Sin embargo, la sociedad musulmana desarrolló
reglas indumentarias
que afectaban tanto a hombres como a mujeres, tanto a fieles como a
infieles. Hay un estudio, muy
bien documentado, del profesor
tunecino Mohamed Tahar Mansouri, en el que analiza el código
vestimentario de
los países islámicos en la Edad Media. En lo que toca a
los hombres, las reglas básicas no son tan estrictas, salvo en que
deben
taparse entre el ombligo y las rodillas. Pero tuvieron un importante
desarrollo. Está perfectamente codificado cómo y cuándo hay que vestir
determinadas prendas, la túnica y el turbante, con tal o cual forma y
color
(cfr. Mansouri 2007: 147-171). Asimismo, se toma como costumbre dejarse
barba y
recortarse el bigote, a imitación de Mahoma, en quien los musulmanes
tienen «un
buen modelo» (Corán 90/33,21), absolutamente idealizado.
Dado
el escaso fundamento coránico, se buscó justificación a las normas
indumentarias en la tradición de los hadices, que prescriben claramente
el
velo, refiriendo supuestos dichos de Mahoma:
«Narrado
por Aisa. Asma Ibn Abu Bakr entró donde el enviado de Dios llevando un
vestido
muy fino. El enviado de Dios apartó la vista de ella y dijo: ‘¡Asma!
Cuando una
mujer alcanza la edad de la menstruación, no es apropiado para nada que
se le
vea nada más que esto y esto’, y señaló su cara y sus manos» (Abu Dawud
2008,
volumen 4, Libro del vestido, capítulo 31, hadiz 4104).
Pero
el carácter autoritativo que se les atribuye queda en entredicho por
las dudas
acerca de su autenticidad:
«Una
gran parte de los hadices son apócrifos, y nada nos impide pensar que
la
biografía del profeta se forjó en buena medida con elementos dispares,
en los
períodos posteriores. Se inventaron hadices y comportamientos con el
fin de poder
encontrar en el pasado una referencia en la que apoyarse para autorizar
cualquier cosa» (Mansouri 2007: 171).
Nadie
sabe con certeza cómo se vestían los musulmanes durante las primeras
épocas. A
lo largo del tiempo, conforme se consolidaba aquel sistema asiático,
despótico e
integrista, se fue inventando y asentando el código vestimentario
conocido, que
permitía saber quién era cada uno por su vestimenta.
«En la sociedad musulmana medieval, cada
grupo tiene
su indumentaria emblemática. El turbante (imama) es una
distinción para
el hombre árabe, musulmán y libre. En cuanto tal, varía de color según
las
circunstancias, de talla según el rango social, y de forma según el
origen
geográfico» (Mansouri 2007: 173).
De las imposiciones simbólicas en el
atuendo, la más ostensible y rígida resulta la del velo femenino,
cualquiera
que sea su estilo. En la calle, la mujer debe cubrirse obligatoriamente
desde
el momento de la primera menstruación. Este precepto encuentra cierta
base en
el Corán, como hemos visto, pero los versículos invocados no son tan
concluyentes al respecto (cfr. Aldeeb 2016). En la actualidad, mientras
el
atuendo masculino se ha relajado, el velo femenino ha incrementado su
uso, y
por tanto su significación, no solo en los países musulmanes, sino en
especial
en los occidentales, donde llevar el velo islámico viene a significar
una
bandera que visibiliza el avance de la territorialización del islam. En
última
instancia, el velo opera como un emblema reivindicativo de la yihad.
La
parafernalia del velo ha sido muy elaborada históricamente. Así,
encontramos
diversos estilos de velo, según sea parcial o integral, de color o
negro. Los modelos
más conocidos, enumerados de menos a más restrictivo, son: shayla,
hiyab, al-amira, jimar, chador, niqab, burka. El chador y el niqab tienen que ser necesariamente
de color
negro. Algunos tipos se hallan distribuidos en función del país o la
región.
«En
cuanto a las mujeres, el signo distintivo reservado para ellas por la
sociedad
más que por el legislador original, es el velo. Este difiere por la
denominación y la forma. Es hiyab para la mujer de la ciudad, jimar
para la mujer del campo, es niqab o burka en función de
su forma,
y permite reconocer a una mujer musulmana y libre, entre el montón de
mujeres
que se hallan en un espacio público. La esclava, ama, se mueve
en el
espacio público, sin velo obligatoriamente, porque será castigada si se
atreve
a contravenir las decisiones de los detentadores del derecho religioso.
Hay que
señalar que la indumentaria distintiva medieval, salvo la de las
sufíes, es
obligatoria para las mujeres y para los no musulmanes y es objeto de
múltiples
decisiones políticas y jurisprudenciales» (Mansouri 2007: 174).
En
su libro sobre las prohibiciones del islam, Anne-Marie Delcambre
subraya que uno
de los motivos del velo radica en el miedo a la sensualidad y la
voluptuosidad
que se proyecta sobre la mujer, que representa una permanente tentación
del
diablo, porque con su poder de seducción amenaza con desestabilizar al
hombre y
poner en peligro todo el orden moral de la sociedad (cfr. Delcambre
2003:
36-37).
En cualquier caso, la imperativa
diferenciación de
los trajes y atuendos cumple la función social de marcar simbólicamente
y
reforzar las fronteras culturales impuestas por el sistema islámico,
siempre
con la correspondiente sanción religiosa. En concreto, el
velo femenino marca la frontera sexual entre hombres y mujeres, la
frontera
social entre la mujer libre y la esclava, la frontera confesional entre
musulmanes y no musulmanes, y entre musulmanes y dimmíes. Todo el
sistema está
construido sobre la desigualdad y la exclusión.
Acabamos de
señalar la funcionalidad del velo islámico como significante de la
discriminación genérica que gravita sobre las mujeres en el Corán y en
la
tradición musulmana. Para los musulmanes ortodoxos la inferioridad
femenina
inscrita en el libro sagrado no admite otra interpretación: las mujeres
deben
estar excluidas del espacio público, se les veta el acceso al trabajo
y, aún
más, a la política, y en los casos extremos, bajo el niqab o el burka
se las
hace pasar en público como sombras.
Y
ese ensombrecimiento ha llegado hoy mucho más allá del mundo árabe y
musulmán.
No hace tanto tiempo, eran muy pocas las musulmanas residentes en
Europa que
llevaban el velo por la calle. Incluso en algunos países de mayoría
musulmana,
como Marruecos o Turquía, tampoco estaba generalizado el uso del velo.
Pero
luego, al principio imperceptiblemente, apareció con fuerza el empleo
del
tocado femenino, sin duda signo visible de una nueva presión ejercida
sobre las
mujeres. En los últimos años, pese a las polémicas, el velo se ha
reforzado
explícitamente como bandera en la ofensiva del islamismo
tradicionalista,
integrista y salafista. En buena medida es un claro efecto del
sistemático
proselitismo desplegado por los movimientos musulmanes de toda laya,
durante
los últimos treinta o cuarenta años, también en Europa, con connivencia
de los
poderes públicos, ante la pasividad ingenua y la complacencia
inconsciente de
la mayoría de los ciudadanos. Por eso, es cada día más necesario
insistir en la
importancia del tema y tratar de cobrar conciencia de la carga de
significados que
vehicula, a tenor de su código, ese significante nada inocente.
En
las sociedades occidentales la principal función del velo es, sin duda,
impedir
o estorbar la integración de las mujeres, como factor decisivo para
oponerse a
la integración general de los musulmanes en la sociedad, una oposición
que constituye
un objetivo estratégico y pragmático del islamismo en los países
europeos.
Por esta razón,
entre otras, llevar el velo no se puede explicar en absoluto como
devoción
personal, ni como protección de las mujeres, según quieren hacernos
creer
mendazmente ciertos ideólogos islamistas. Es un instrumento
tradicional
utilizado, bajo apariencia piadosa, para el control del sexo
femenino, e
indirectamente de toda la comunidad. A las musulmanas se les impone
como
obligación ineludible, y así se las convierte en peones sobre el
tablero de la
sociedad, para su islamización. Dicen que es para que las respeten,
como si no
hubiera que respetar a todas las mujeres, o como si el respeto a las
demás
importara poco.
Así, pues, hay que entender que la costumbre
del velo islámico, en cualquiera de sus variantes, opera como una forma
deliberada de discriminación, opresión y estigmatización pública de las
musulmanas,
como mujeres, al amparo incuestionable del Corán, los dichos de Mahoma
y la
jurisprudencia islámica.
En medios europeos, a veces, no faltan
quienes difunden la falacia de que la mujer se pone el velo libremente,
o que
es un derecho de la mujer llevarlo. Si fuera libre, no tendrían
terminantemente
prohibido desprenderse de él en público. Parece claro, entonces, que la
mujer,
si no tiene libertad para quitarse el velo, es que tampoco tiene
libertad para
ponérselo. El hecho es tan lamentable que, desde una posición crítica,
bien
puede imaginarse que el velo simboliza como una mortaja de la
inteligencia.
Habría
que preguntarse qué respeto merece una religión que impone a las
mujeres restricciones
hasta ese punto. Por parte de ellas, si no se rebelan ante una
imposición de
esa índole, están dispuestas a someterse en todo lo demás. Y, si ni
siquiera es
pensable, el juicio ya está hecho.
En
definitiva, sea cual sea la motivación personal de cada mujer, el
significado
pragmático del hecho de llevar el velo islámico supone bastante más que
una imposición
machista ocasional. Significa y produce el establecimiento sistémico de
una
demarcación social, religiosa e inseparablemente política, de la
inferioridad
femenina y la exterioridad de los infieles. Recopilemos aquí sus rasgos
más significativos:
1.
Marca a las mujeres musulmanas, en el espacio público, mediante un
signo
ostensible que las diferencia y distancia de las demás mujeres, y las
mantiene
alejadas de los hombres.
2.
Recalca socialmente la distinción entre musulmán y no musulmán, en un
contexto
donde, siguiendo el Corán, se sobreentiende que todo no musulmán es
enemigo de
Dios y debe ser sometido.
3.
Proclama que a las mujeres musulmanas se les impide la relación y el
matrimonio
con hombres no musulmanes (salvo que se conviertan al islam). Al
interrumpir
así drásticamente los intercambios matrimoniales, se crea una sociedad
autosegregada en el interior de la sociedad general.
4.
Niega la igualdad de derechos propia del concepto de ciudadano, pues se
restringen los derechos por el hecho de ser mujer, lo cual atenta
contra los
fundamentos de toda organización social democrática.
5.
Asocia el significado del velo con otras reivindicaciones
comunitaristas, fuera
de los países musulmanes, apoyando exigencias como un menú halal
en los
comedores escolares, un lugar para el rezo en las empresas, un espacio
y
horario reservado para mujeres en las piscinas públicas, etc.
6.
Aspira a crear zonas residenciales y legales específicas para los
musulmanes,
es decir, ámbitos no regidos por las leyes del Estado, sino por la ley
islámica. Son tentativas de conquista, de apariencia pacífica, al
servicio de
un proyecto declarado: primero, forzar la creación de espacios propios
de la
comunidad musulmana y, como objetivo, debilitar el poder democrático e
ir
islamizando la sociedad.
7.
En una palabra, el comportamiento simbólico y práctico del uso del velo
se
encuadra en la estrategia global de la yihad. Es un error fatal
entenderlo como
una cuestión de libertad religiosa. Porque es un problema de defensa de
los
derechos humanos y las libertades cívicas frente a la infiltración
subrepticia
o insolente del sistema islámico.
Sobre
este debatido tema, se puede encontrar una exposición más detallada de
los
vaivenes en torno al velo que llevan las musulmanas, en el libro Los
dilemas
del islam (cfr. Gómez García 2012: 53-65). También se puede leer,
en
Internet, el artículo Significado del velo femenino en el islam
(Castilla 2020). Ampliaremos el análisis de la condición femenina en el
islam
en el capítulo sobre la inferioridad de la mujer según el orden
coránico.
Bibliografía
citada
Abu
Dawud, Hafiz
2008 Sunan Abu Dawud.
Vol. 1-5. Riad, Darussalam.
Aldeeb,
Sami
2016 Le voile dans
l'islam. Interprétation des versets
relatifs au voile à
travers les siècles. CreateSpace Independent Publishing Platform.
Castilla,
Martín
2020 Significado del
velo femenino en el islam.
http://www.ugr.es/~mreligio/textos/Martin
Castilla.Significado-del-velo-islamico.html
Delcambre,
Anne-Marie
2003 Las
prohibiciones del islam. Madrid,
La Esfera de los Libros, 2006.
Gómez
García, Pedro
2012 Los
dilemas del islam. Mirada histórica, riesgos presentes y vías de futuro.
Granada,
Comares.
Mansouri,
Mohamed Tahar
2007 Du voile et du
zunnâr. Du code vestimentaire en
pays d'Islam. Túnez,
Éditions l'Or du Temps.
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