Sobre el origen de la crisis del pensamiento occidental: la negación de la ley natural

PEDRO ABELLÓ · INFOVATICANA






El siglo XIII señala el punto culminante de la Europa que se llamaba a sí misma Cristiandad, unidad religiosa, política y social bajo la autoridad del emperador y del papa, cohesionada por una fe común. En ese tiempo, todos los estamentos de la sociedad, desde el emperador hasta el último siervo, creían firmemente en tres cosas:


– Dios existe y gobierna el mundo mediante la ley divina.

– Dicha ley divina ha sido implantada por Dios en la conciencia de cada persona en forma de ley natural, que nos permite distinguir espontáneamente lo que está bien de lo que está mal; al mismo tiempo, ha sido también revelada en la antigua y la nueva Alianza, y plasmada en el Decálogo.

– Existe una vida después de esta, que viene condicionada por lo que en esta vida terrena se haya hecho o dejado de hacer; existe, por lo tanto, la posibilidad de un castigo eterno, como existe la de una recompensa eterna.


Esa común creencia tenía importantes implicaciones:


– Por una parte, en la medida en que existe una ley natural como reflejo de la ley divina, toda ley positiva, toda ley humana, debía tomar como referente esa ley natural y no entrar en contradicción con ella. De ese modo, la ley natural se convertía en el marco que proporcionaba cohesión y legitimidad a la ley positiva, la cual, además, en virtud precisamente de su coherencia con esa creencia común y de su último fundamento en la ley divina, era más fácilmente comprendida, asumida y respetada.


– Ese fundamento de la ley positiva en la ley natural reforzaba la universalidad de la primera, la convicción y común aceptación de que nadie estaba exento de cumplir la ley, comenzando por el rey y terminando por el último siervo. A todos era igualmente exigible ese cumplimiento, puesto que ninguna autoridad terrena puede estar por encima de la ley divina.

 

– Existía una clara conciencia de la profundidad y la gravedad de la transgresión en todos los niveles de la sociedad, lo cual no quiere decir que no hubiera transgresión, sino que esa transgresión era profundamente sentida en la conciencia, tanto del transgresor como de la sociedad en general; no existía indiferencia social ante la transgresión, ni mucho menos aceptación general de la misma como ahora existe. La transgresión no podía quedar impune, y si el transgresor no recibía el castigo en esta vida, terminaría recibiéndolo en la otra.


– El temor a la posibilidad de un castigo eterno actuaba en gran medida como freno de la transgresión, o bien, una vez cometida ésta, como acicate para su reparación, y ello a todos los niveles. Son conocidos los casos de reyes que, habiendo cometido algún crimen, solicitaban el perdón del papa y asumían durísimas penitencias para expiar su culpa. La posibilidad de excomunión era un freno poderoso a la arbitrariedad del poder.


Ese era, en términos generales, el retrato de la sociedad de los siglos XII y XIII, siglos que coinciden con la culminación del esplendor del arte, la arquitectura y el pensamiento en Europa. Son los siglos del gótico y de la Summa theologica.


Pero el poder corrompe, y aquellos reyes que en siglo XIII aceptaban todavía esas duras penitencias para expiar sus faltas, en el siglo XIV habían ya comenzado a cambiar su mentalidad. En el siglo XIV, los reyes aspiraban ya al ejercicio de su poder sin restricciones, y las restricciones al ejercicio del poder real estaban personificadas en el emperador y, fundamentalmente, en el papa. Para poder ejercer su poder sin restricciones, los reyes necesitaban liberarse esencialmente de la autoridad del papa, puesto que la del emperador era más fácilmente controlable. Ahora bien, el hecho de vivir en una sociedad profundamente religiosa –lo cual no hay que confundir con una sociedad de “buenas personas”, pero sí de personas convencidas de que hay un poder sobrehumano que termina siempre aplicando la justicia–, sociedad en la cual la autoridad espiritual gozaba de un gran respeto, obligaba a los reyes a dotarse de una potente justificación ideológica mediante la cual neutralizar ese respeto social por la autoridad espiritual. Tal justificación les fue proporcionada por la intelectualidad de la época, por los universitarios que aspiraban ya al favor real y a un puesto en la corte, mediante la elaboración de la teoría conocida como “nominalismo”, teoría desarrollada en gran medida con el fin de dar justificación a la autonomía real frente a la autoridad espiritual.


Sería demasiado prolijo entrar ahora en un comentario detallado sobre el nominalismo. Me limitaré a indicar uno de los aspectos y consecuencias fundamentales de esa teoría.


El nominalismo niega la ley natural y afirma la arbitrariedad en los designios divinos. Dios ha dicho “no matarás”, pero podría haber preceptuado lo contrario. Los actos humanos no son buenos o malos por sí mismos, sino porque aceptan o rechazan esas disposiciones arbitrarias de Dios. Al no existir una ley natural, las leyes humanas no están sometidas a un orden moral superior, sino que se trata de puras convenciones entre los hombres sobre lo que está bien y es adecuado en cada momento, y responden básicamente a la voluntad del legislador: “lo que place al Príncipe, esa es la ley”. Excluida una ley natural, no queda otro recurso que acudir a la razón práctica para asegurar la convivencia entre los hombres. Dicha razón práctica coincide con la voluntad del legislador, siendo éste una persona, un partido o una comunidad. En todo caso, se trata de establecer por vía de voluntad qué se puede o no hacer. El Estado, significado entonces por el monarca, es quien determina lo que es bueno y útil para la comunidad.


Si nos paramos a pensar con detenimiento sobre las consecuencias de esa enorme ruptura representada por el nominalismo, podemos ver en ella el origen principal de todos los errores posteriores y, en definitiva, de la deriva del pensamiento occidental. El nominalismo es el fundamento ideológico de la reforma protestante, del idealismo en filosofía, de la Ilustración y, en último término, de la modernidad con todo su contenido disolvente. Y lo es porque deja al pensamiento humano sin referentes, sometido únicamente a su propia parcialidad, a su subjetividad.


Sin un referente superior, queda únicamente la razón individual como rector de la conducta individual y colectiva, pero la razón es subjetiva, por lo que cada uno tiene “su” propia razón. Se produce entonces una pugna entre subjetivismos –ya que no existe un referente que pueda unificarlos– para ver cuál de ellos establece las normas, y evidentemente, el subjetivismo vencedor será siempre el más poderoso, no el que tenga más razón. Se establece de este modo el fundamento intelectual del totalitarismo en todos sus aspectos, del poder omnímodo del Estado. Nace la ideología con su carácter totalitario, que considera “su verdad” como la única posible y cualquier otro pensamiento como indefendible y, por ello, atacable.


La subjetividad más poderosa es la que, de ahí en adelante, determina lo que es bueno y lo que no lo es, sea esa subjetividad la de un tirano o la de un parlamento, puesto que ni el tirano ni la ley de la mayoría admiten un referente superior. La ley se convierte en pura convención, modificable según la conveniencia de quien la establece. Es también el inicio del relativismo.


El liberalismo tratará de encauzar esa subjetividad mediante la ley de las mayorías, considerando que, cuando un número suficiente de personas, especialmente si son las mejores del colectivo, se ponen de acuerdo en algo, ese algo será necesariamente lo mejor para la sociedad. Por nuestra experiencia podemos juzgar hasta qué punto eso es cierto, hasta qué punto un parlamento reune a “los mejores” y hasta qué punto esos “mejores” son capaces de determinar lo mejor para la sociedad. Tenemos sobrada experiencia para juzgar sobre ello, especialmente en este momento, en el que el parlamentarismo nos muestra abiertamente toda su miseria y su limitación. La pregunta es: ¿puede la organización social evitar derrumbarse sin un referente superior?



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