El sistema islámico

9. Las prohibiciones y las prescripciones rituales

PEDRO GÓMEZ




- Los preceptos sobre lo puro y lo impuro
- Las prohibiciones y prescripciones alimentarias
- Las prohibiciones y prescripciones indumentarias
- Los significados del velo islámico


Los preceptos sobre lo puro y lo impuro


El concepto islámico de la pureza es semánticamente oscuro y genera, en los creyentes, una necesidad constante de purificarse, hasta el punto de volverse obsesiva. Entender ese concepto no es simple. No se trata de una cuestión de higiene, porque esa pureza o impureza alude, ante to­­do, a un estado legal, con implicaciones rituales y morales. La impureza supone una mancha o tacha que afecta a las personas, pero también a las cosas, los alimentos y las bebidas, los procedimientos, las costumbres, los comportamientos de todo tipo. Mediante la marca de puro o impuro (halal, o haram) se categoriza y controla lo permitido y lo pro­hibido, lo lícito y lo ilícito. Su verdadera razón no estriba en alguna justificación de orden objetivo (sanitario, económico, etc.), sino en el me­ro hecho de que así está mandado por el Corán o la jurisprudencia tradicional.


Esta mentalidad es la misma que entra en juego con el simbolismo ritual del velo. Se trata de un signo polisémico que procede de antiguo. Uno de sus sentidos en el ámbito sagrado lo hallamos en aquel velo que, en el templo de Jerusalén, separaba el sanctasantórum, vetando el acceso al santuario interior donde habitaba la presencia de Dios. Era el velo que se rasgó de arriba abajo, según los Evangelios sinópticos, cuando Jesús expiraba en la cruz (Marcos 15,38 y paralelos), como significando la inauguración de una comunicación abierta con la divinidad. Pero, en la regresión islámica, los velos arcaicos reaparecieron y se restauraron.


En el islam, la función del velo se traduce en dos oposiciones cuyos respectivos significados no acaban de encajar. Por un lado, el velo puede representar la separación entre lo sagrado y lo profano. Por otro, con­nota la dis­yunción entre lo lícito y lo ilícito o prohibido (halal/haram). Una misma palabra, haram, sirve para expresar a la vez esos dos aspectos: lo sagrado y lo prohibido. Por ejemplo, la principal mezquita de La Meca se llama másyid al-haram, el «santuario prohibido», en el sentido de sagra­do, por la presencia divina. Y en la explanada interior de esta mezquita, la caaba en forma de cubo, denominada casa de Alá, imita el sanctasan­tórum y se halla siempre cubierta por un velo. Sin embargo, se considera también haram todo alimento prohibido, la mujer preservada y todo comportamiento que transgrede la norma legalmente establecida. Con la misma lógica, esa palabra de­signa el harén, que son los aposentos de la casa musulmana, vetados a los hom­bres, donde viven las mujeres.


Ahora bien, en cuanto prohibido, lo haram no es tal por una maldad intrínseca, o por razones ponderables, sino porque está marcado nega­tivamente por la voluntad divina que así lo ha decidido. Y esto explica la asimilación con el ámbito sagrado, que es el que instauró la prohibición. En ambas acepciones, como sagrado y como prohibido, haram significa una barrera impuesta por Dios al hombre, y este no puede o no debe traspasarla.


Los dos pares de oposiciones tienen un segundo miembro, aunque entre ellos resulta imposible la coincidencia: lo profano (opuesto a sa­grado) y lo halal o lícito (opuesto a haram) no se pueden asimilar en ab­soluto. Aquí encontramos un cruce extraño de significaciones. El signi­ficante haram comporta un doble sentido: positivo, en el caso de la mez­quita; negativo, en el caso de la carne de cerdo, el vino, o la mujer del prójimo. En cambio, el significante halal denota siempre algo permitido y bueno, en radical desencuentro con lo «profano» que, en esta men­talidad, está siempre marcado como negativo, algo malo, exterior e ina­similable en el sistema. Lo profano nunca puede ser halal, jamás es lícito, de manera que, excluido lo profano, lo sagrado tiende a apoderarse de toda la realidad.


De ahí que el sistema islámico se constituya necesariamente como teocracia. No queda espacio para una autonomía humana, pues esta se considera «profana». Lo profano connota idolatría, politeísmo, descrei­miento, todo lo que se resiste a someterse a Alá. Lo profano es el domi­nio de satanás, contra el que se debe combatir; constituye el territorio de la guerra, que se debe conquistar.


Toda la trama de prohibiciones y prescripciones cumple una función religioso-política, relacionada con la estrategia de marcar la separación de la comunidad musulmana con respecto a los no musulmanes. Este código instaura fronteras simbólicas, sociales y legales, destinadas a construir y preservar una identidad inconfundible, a señalar la presunta superioridad propia sobre los demás, considerados esencialmente impu­ros y profanos. Dentro de la sociedad islámica, tanto los creyentes como los descreídos, o «infieles», carecen de libertad para transgredir la barrera halal/haram, que para todos impone un férreo sojuzgamiento al sistema islámico erigido por los califas. Por su parte, los creyentes están llamados a derribar la barrera entre sagrado y profano, aniquilando toda profani­dad, a fin de que solamente quede la sacralidad de Alá.



Las prohibiciones y prescripciones alimentarias


El Corán reglamenta prohibiciones y prescripciones referentes a la co­mida y la bebida. De estas reglamentaciones se trata nada menos que en doce de los capítulos coránicos. Son normas muy intrincadas, que afec­tan en particular al veto de la carne corrompida, la carne de cerdo, la sangre, lo ofrecido a otros dioses, el animal ahogado, apaleado, des­pe­ñado, corneado, devorado por una fiera o inmolado en los cipos.


«En lo que se me ha revelado, no encuentro prohibido, para que lo coma el que come, sino la carroña, la sangre derramada, la carne de cer­do, porque es una abominación, o lo que, por perversidad, se ha ofrecido a otro que no sea Dios» (Corán 55/6,145).


«Comed de lo lícito y lo bueno de que Dios os ha provisto, y agra­deced la gracia de Dios. Si es que lo adoráis, Él os ha prohibido la carro­ña, la sangre, la carne de cerdo, y la que se ha ofrecido a otro que no sea Dios» (Corán 70/16,114-115; repetido literalmente en 87/2,172-173).


«¡Hombres! Comed de lo que hay en la tierra, lo lícito y lo bueno, y no sigáis los pasos de satanás. Es para vosotros un enemigo declarado» (Corán 87/2,168).


«Os está prohibido [comer] la carroña, la sangre, la carne de cerdo, la que se ha ofrecido a otro que no sea Dios, la de animal ahogado, apaleado, despeñado, corneado, devorado por una fiera, salvo la que vosotros inmoléis, y la que ha sido inmolada sobre piedras erectas» (Co­rán 112/5,3).


No solo hay comestibles prohibidos, sino que también está prohi­bido el vino y las bebidas embriagantes. Llama la atención que los ver­sículos coránicos que tratan del vino se contradigan entre sí, quizá por haberse producido una evolución cada vez más restrictiva en el precepto (es un caso evidente de abrogación). Primero, en la época anterior a la hégira, se mencionan las bebidas alcohólicas entre los dones de Dios. Luego, se miran con desconfianza. Y finalmente se prohíben de forma tajante.


«De los frutos de las palmeras y de las vides obtenéis una bebida embriagadora y un buen sustento. Ahí hay un signo para gentes que ra­zonan» (Corán 70/16,67).


«Te preguntan sobre el vino y el juego de azar. Di: ‘En los dos hay un gran pecado y algunos beneficios para los humanos, pero su pecado es mayor que su beneficio’» (Corán 87/2,219).


«¡Vosotros que habéis creído! No os acerquéis al rezo ebrios» (Corán 92/4,43).


«¡Vosotros que habéis creído! El vino, el juego de azar, las piedras erectas y las flechas adivinatorias son abominación y obra de satanás. ¡Apartaos de eso, pues! (…) Satanás solo quiere suscitar entre vosotros enemistad y odio, por el vino y el juego de azar, y desalentaros del recuerdo de Dios y del rezo. ¿No vais a absteneros de ello?» (Corán 112/5,90-91).


Es probable que la prohibición del vino, aparte de prevenir oca­sionales abusos, se hiciera cada vez más estricta como medida preven­tiva, para mantener a los musulmanes separados de otros contertulios judíos y cristianos.


Los alimentos y bebidas permitidos se denominan halal, aunque, co­mo queda dicho, este concepto constituye una calificación más general, referida a lo permitido o lícito (halal) en contraposición a lo prohibido o ilícito (haram), con implicaciones religiosas y jurídicas. Abarca inconta­bles acciones de la vida, configuradas tanto pragmática como simbólica­mente. En relación con el tema de las prohibiciones alimentarias, habría que recordar también, como una variante, la obligación del ayuno.


Las prohibiciones alimentarias coránicas remontan su origen al sis­tema legal de la religión hebrea, si bien amplían el número de ali­mentos ilícitos, impuros o ilegales (haram), así como los procedimientos para su obtención y preparado. Al mismo tiempo, se fijan normas para ali­men­tarse con comida y bebida con marchamo de lícito, puro y legal (halal). Por ejemplo, los animales permitidos deben estar sacrificados conforme al ritual de extracción de la sangre y mirando en dirección a La Meca.



Las prohibiciones y prescripciones indumentarias


La vestimenta, el atavío y el acicalamiento son objeto de severas reglas, que han conseguido que la moda medieval perviva en buena parte hasta nuestros días. La importancia concedida al código vestimentario consti­tuye una muestra práctica de la intolerancia del sistema islámico, reflejada en el modo de vestir. Con todo, el Corán es parco en este tema. Parece preocupado sobre todo por la peligrosidad social y moral del ser feme­nino, al que le impone normas de pudor y recato en la indumentaria.


Cuenta la tradición que Mahoma, en su palacio de Medina, por su­gerencia de Omar, mantenía a sus esposas escondidas detrás de una cor­tina, de modo que desde allí conversaban con los visitantes, para no ser vistas. Con todo, los versículos que se suelen citar en apoyo del velo no son muy claros.


«¡Mujeres del profeta! No sois comparables a ninguna otra mujer, si teméis. (…) Permaneced en vuestras casas, y no os exhibáis como se exhi­bían en la época de la antigua ignorancia. (…) Obedeced a Dios y a su enviado. ¡Gente de la casa! Dios solo quiere alejaros del vicio y purificaros plenamente» (Corán 90/33,32-33).


«¡Vosotros que habéis creído! No entréis en las casas del profeta, a menos que se os autorice para la comida (…) Cuando les pidáis [a sus mujeres] alguna cosa, pedídselo desde detrás de un velo. Esto es más puro para vuestros corazones y para sus corazones» (Corán 90/ 33,53).


En otro versículo, se da una razón para que las mujeres se cubran con sus mantos cuando salen de casa, y es que puedan ser reconocidas como musulmanas y así no sean molestadas, algo de lo que, según se da a entender, no estarían protegidas las no musulmanas.


«¡Profeta! Di a tus esposas, a tus hijas y a las mujeres de los creyentes que se envuelvan con sus mantos. Esto es lo mejor para que se las re­conozca, y así no sufrirán molestias» (Corán 90/33,59).


En el hogar propio, no hay inconveniente en que las mujeres se qui­ten el velo, delante de los familiares, las personas allegadas y los esclavos (Corán 90/33,55), según se detalla:


«Di a las creyentes que bajen sus miradas, que protejan su sexo y que no hagan aparecer de su encanto más que lo que aparece. Que plieguen sus velos sobre sus pechos. Que no hagan aparecer su encanto más que a sus maridos, sus padres, sus suegros, sus propios hijos, sus hijastros, sus hermanos, sus sobrinos carnales, sus esposas, las esclavas que po­sean, los sirvientes eunucos, y los niños que aún no saben de las inti­midades femeninas» (Corán 102/24,31).


Solo a las mujeres mayores, que han llegado a la menopausia, se les levanta la estricta obligatoriedad de llevar el velo, pero, como están acostumbradas de toda la vida, son pocas las que aprovechan esta licen­cia, que está re­cogida el Corán:


«Las mujeres que han alcanzado la menopausia, y no esperan ya ca­sarse, no hay inconveniente en que se quiten sus vestimentas, siempre que no se exhiban con su encanto. Pero, si se abstienen, es mejor para ellas» (Corán 102/24,60).


En lo que toca a los hombres, el Corán es muy parco, apenas indica unas pautas de modestia en dos o tres versículos (Corán 102/24,33; 102/ 24,58-59). Sin embargo, la sociedad musulmana desarrolló reglas indu­mentarias que afectaban tanto a hombres como a mujeres, tanto a fieles como a infieles.
Hay un estudio, muy bien documentado, del profesor tunecino Mohamed Tahar Mansouri, en el que analiza el código ves­timentario de los países islámicos en la Edad Media. En lo que toca a los hombres, las reglas básicas no son tan estrictas, salvo en que deben tapar­se entre el ombligo y las rodillas. Pero hubo un importante desarrollo normativo. Está perfectamente codificado cómo y cuándo hay que vestir determinadas prendas, la túnica y el turbante, con tal o cual forma y color (cfr. Mansouri 2007: 147-171). Asimismo, se toma como costumbre de­jarse la barba y recortarse el bigote, a imitación de lo que se cuenta de Mahoma, en quien los musulmanes tienen «un buen modelo» (Corán 90/33,21), absolutamente idealizado.


Dado el escaso fundamento coránico para las normas indumentarias, se les buscó justificación en la tradición de los hadices, que prescriben claramente el velo, refiriendo supuestos dichos de Mahoma:


«Narrado por Aisa. Asma Ibn Abu Bakr entró donde el enviado de Dios llevando un vestido muy fino. El enviado de Dios apartó la vista de ella y dijo: ‘¡Asma! Cuando una mujer alcanza la edad de la menstrua­ción, no es apropiado para nada que se le vea nada más que esto y esto’, y señaló su cara y sus manos» (Abu Dawud 2008, volumen 4, Libro del vestido, capítulo 31, hadiz 4104).


Pero el carácter autoritativo que se les atribuye queda en entredicho por las dudas acerca de la autenticidad del hadiz:


«Una gran parte de los hadices son apócrifos, y nada nos impide pensar que la biografía del profeta se forjó en buena medida con ele­mentos dispares, en los períodos posteriores. Se inventaron hadices y comportamientos con el fin de poder encontrar en el pasado una re­fe­rencia en la que apoyarse para autorizar cualquier cosa» (Mansouri 2007: 171).


Nadie sabe con certeza cómo se vestían los musulmanes durante las primeras épocas. A lo largo del tiempo, conforme se consolidaba aquel sistema asiático, despótico e integrista, se fue inventando y asentando el código vestimentario conocido, que hacía visible saber quién era cada uno por su vestimenta.


«En la sociedad musulmana medieval, cada grupo tiene su indu­men­taria emblemática. El turbante (imama) es una distinción para el hombre árabe, musulmán y libre. En cuanto tal, varía de color según las cir­cunstancias, de talla según el rango social, y de forma según el origen geográfico» (Mansouri 2007: 173).


De las imposiciones simbólicas en el atuendo, la más ostensible y rígida resulta ser la del velo femenino, cualquiera que sea su estilo. En la calle, la mujer debe cubrirse obligatoriamente desde el momento de la primera menstruación. Este precepto encuentra cierta base en el Corán, como hemos visto, pero los versículos invocados no son tan conclu­yentes al respecto (cfr. Aldeeb 2016b). En la actualidad, mientras el atuen­do masculino se ha relajado, el velo femenino ha incrementado su uso, y por tanto su significación, no solo en los países musulmanes, sino en especial en los occidentales, donde la mujer que lleva el velo islámico viene a sig­nificar una bandera que visibiliza el avance de la territoriali­zación del islam. En última instancia, el velo opera como un emblema reivin­di­cativo de la yihad.


La parafernalia del velo ha sido muy elaborada históricamente. Así, encontramos diversos estilos de velo, según sea parcial o integral, de co­lor o negro. Los modelos más conocidos, enumerados de menos a más restrictivo, son: shayla, hiyab, al-amira, jimar, chador, niqab, burka. El chador y el niqab tienen que ser necesariamente de color negro. Algunos tipos se hallan distribuidos en función del país o la región.


«En cuanto a las mujeres, el signo distintivo reservado para ellas por la sociedad más que por el legislador original, es el velo. Este difiere por la denominación y la forma. Es hiyab para la mujer de la ciudad, jimar para la mujer del campo, es niqab o burka en función de su forma, y
​​permite reconocer a una mujer musulmana y libre, entre el montón de mujeres que se hallan en un espacio público. La esclava, ama, se mueve en el espacio público, sin velo obligatoriamente, porque será castigada si se atreve a contravenir las decisiones de los detentadores del derecho religioso. Hay que señalar que la indumentaria distintiva medieval, salvo la de las sufíes, es obligatoria para las mujeres y para los no musulmanes y es objeto de múltiples decisiones políticas y jurisprudenciales» (Man­souri 2007: 174).


En su libro sobre las prohibiciones del islam, Anne-Marie Del­cam­bre subraya que uno de los motivos del velo radica en el miedo a la sen­sualidad y la voluptuosidad que se proyecta sobre la mujer, la cual repre­senta una permanente tentación del diablo, porque con su poder de seducción amenaza con desestabilizar al hombre y poner en peligro todo el orden moral de la sociedad (cfr. Delcambre 2003: 36-37).


En clave simbólica, aún cabe descifrar cierta correspondencia entre el velo femenino y la circuncisión masculina. Son dos prácticas simbó­licamente inversas, una que cubre y otra que descubre, pero que vienen a significar el mismo sometimiento al sistema mitológico islámico. Los dos se conciben y realizan como ritos de purificación. Al varón se le quita la envoltura del glande, que cubre la cabeza del miembro viril, mientras que a la hembra se le cubre con el velo la cabeza, sexualizada, sin que falte la connotación genital, puesto que se hace precisamente en el momento de la menarquia o primera menstruación.


En cualquier caso, la imperativa diferenciación de los trajes y atuen­dos cumple la función social de marcar simbólicamente y reforzar las fronteras culturales impuestas por el sistema islámico, siempre con la correspondiente sanción religiosa.
En concreto, el velo femenino marca la frontera sexual entre hombres y mujeres, la frontera social entre la mujer libre y la esclava, la frontera confesional entre musulmanas y no musulmanas, y entre musulmanes y dimmíes. Todo el sistema está cons­truido sobre la desigualdad y la exclusión.



Los significados del velo islámico


Acabamos de señalar la funcionalidad del velo islámico como signifi­cante de la discriminación genérica que gravita sobre las mujeres en el Corán y en la tradición islámica. Para los musulmanes ortodoxos la in­ferioridad femenina inscrita en el libro sagrado no admite otra inter­pretación: las mujeres deben estar excluidas del espacio público, se les veta el acceso al trabajo y, aún más, a la política, y en los casos extremos, bajo el niqab o el burka se las hace pasar en público como sombras.


Y ese ensombrecimiento ha llegado hoy mucho más allá del mundo árabe y musulmán. No hace tanto tiempo, eran muy pocas las musul­manas residentes en Europa que llevaban el velo por la calle. Incluso en algunos países de mayoría musulmana, como Marruecos o Turquía, tampoco estaba generalizado el uso del velo. Pero luego, al principio imperceptiblemente, apareció con fuerza el empleo del tocado femeni­no, sin duda signo visible de una creciente presión ejercida sobre las mu­jeres. En los últimos años, pese a las polémicas, el velo se ha reforzado explícitamente como enseña en la ofensiva del islamismo tradiciona­lista, integrista y salafista. En buena medida es un claro efecto del sistemático proselitismo desplegado por los movimientos musulmanes de toda laya, durante los últimos treinta o cuarenta años, también en Europa, con connivencia de los poderes públicos, ante la pasividad ingenua y la com­placencia inconsciente de la mayoría de los ciudadanos. Por eso, es cada día más necesario insistir en la importancia del tema y tratar de cobrar conciencia de la carga de significados que vehicula el velo, a tenor de su código, ese significante nada inocente.


En las sociedades occidentales la principal función del velo es, sin duda, impedir o estorbar la integración de las mujeres, como factor de­cisivo para oponerse a la integración general de los musulmanes en la sociedad, una oposición que constituye un objetivo estratégico y prag­mático del islamismo en los países europeos.


Por esta razón, entre otras, llevar el velo no se puede explicar en absoluto como devoción personal, ni como protección de las mujeres, según quieren hacernos creer mendazmente los ideólogos islamistas y no pocos políticos y clérigos desinformados. Es un instrumento tradicional utilizado, bajo apariencia piadosa, para el control del sexo femenino, e indirectamente de toda la comunidad. A las musulmanas se les impone como obligación ineludible, y así se las convierte en peones sobre el ta­blero de la sociedad, en orden a su islamización. Dicen que es para que las respeten, como si no hubiera que respetar a todas las mujeres, o como si el respeto a las demás importara poco.


Así, pues, hay que entender que la costumbre del velo islámico, en cualquiera de sus variantes, opera como una forma deliberada de discri­minación, opresión y estigmatización pública de las musulmanas, como mujeres, al amparo incuestionable del Corán, los dichos de Mahoma y la jurisprudencia islámica.


En medios europeos, a veces, no faltan quienes difunden la falacia de que la mujer musulmana se pone el velo libremente, o que es un de­recho de la mujer llevarlo. Si fuera libre, no tendrían terminantemente prohibido desprenderse de él en público. Parece claro, entonces, que la musulmana, si no tiene libertad para quitarse el velo, es que tampoco tiene libertad para ponérselo. El hecho es tan lamentable que, desde una posición crítica, bien puede imaginarse que el velo simboliza algo así co­mo una mortaja de la inteligencia.


Habría que preguntarse qué respeto merece una religión que impone a las mujeres restricciones hasta tal punto. Por parte de ellas, si no se rebelan ante una imposición de esa índole, están dispuestas a someterse en todo lo demás. Y, si ni siquiera es pensable, el juicio ya está hecho.


En definitiva, sea cual sea la motivación personal de cada mujer, el significado pragmático del hecho de llevar obligatoriamente el velo islá­mico supone bas­tante más que una imposición machista ocasional. Signi­fica y produce el establecimiento sistémico de una demarcación social, religiosa e inse­pa­rablemente política, que ratifica la inferioridad femenina y la exterioridad de los infieles. Recopilemos a continuación sus rasgos más emblemáticos:


1. Marca a las mujeres musulmanas, en el espacio público, mediante un signo ostensible que las diferencia y distancia de las demás mujeres, y las mantiene alejadas de los hombres.


2. Recalca socialmente la distinción entre musulmán y no musulmán, en un contexto donde, siguiendo el Corán, se sobreentiende que todo no musulmán es enemigo de Dios y debe ser sometido.


3. Proclama que a las mujeres musulmanas se les impide la relación y el matrimonio con hombres no musulmanes (salvo que se conviertan al islam). Al interrumpir así drásticamente la dinámica de los intercam­bios matrimonia­les, se crea una sociedad autosegregada en el interior de la sociedad general.


4. Niega la igualdad de derechos propia del concepto de ciudadano, pues se restringen derechos por el hecho de ser mujer, lo cual atenta contra los fundamentos de toda organización social democrática.


5. Asocia el significado del velo con otras reivindicaciones comuni­taristas, fuera de los países musulmanes, apoyando exigencias como un menú halal en los comedores escolares, un lugar para el rezo en las em­presas y los supermercados, un espacio y horario reservado para mujeres en las piscinas públicas, etc.


6. Aspira a crear zonas residenciales y legales específicas para los mu­sulmanes, es decir, ámbitos no regidos por las leyes del Estado, sino por la ley islámica. Se trata de tentativas de conquista, de apariencia pacífica, al servicio de un proyecto declarado: primero, forzar la creación de espa­cios propios de la comunidad musulmana y, como objetivo, debilitar el poder democrático e ir islamizando la sociedad.


7. En una palabra, el comportamiento simbólico y práctico del uso del velo se encuadra en la estrategia global de la yihad. Es un error fatal entenderlo como una cuestión de libertad religiosa. Porque es un pro­blema de defensa de los derechos humanos y las libertades cívicas frente a la infiltración subrepticia o insidiosa del sistema islámico.


Sobre este debatido tema, se puede encontrar una exposición más de­ta­llada acerca de los vaivenes en torno al velo con el que se cubren las musulmanas, en el libro Los dilemas del islam (cfr. Gómez García 2012: 53-65). También es ilustrativo leer, en Internet, el artículo Significado del velo femenino en el islam (Cas­tilla 2020a). Ampliaremos el análisis de la con­dición femenina en el islamismo en el capítulo sobre la inferioridad de la mujer conforme al orden co­ránico.


 

Capítulo 10. Los sacrificios animales y humanos