El sistema
islámico
9. Las
prohibiciones y las prescripciones rituales
PEDRO GÓMEZ
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- Los preceptos sobre lo
puro y lo impuro
- Las prohibiciones y
prescripciones alimentarias
- Las
prohibiciones y prescripciones indumentarias
- Los significados del
velo islámico
Los
preceptos sobre lo puro y
lo impuro
El concepto islámico de la pureza
es
semánticamente oscuro y genera, en los creyentes, una necesidad
constante de
purificarse, hasta el punto de volverse obsesiva. Entender ese concepto
no es
simple. No se trata de una cuestión de higiene, porque esa pureza o
impureza
alude, ante todo, a un estado legal, con implicaciones rituales y
morales. La
impureza supone una mancha o tacha que afecta a las personas, pero
también a
las cosas, los alimentos y las bebidas, los procedimientos, las
costumbres, los
comportamientos de todo tipo. Mediante la marca de puro o impuro (halal,
o haram) se categoriza y controla lo permitido y lo prohibido,
lo
lícito y lo ilícito. Su verdadera razón no estriba en alguna
justificación de
orden objetivo (sanitario, económico, etc.), sino en el mero hecho de
que así
está mandado por el Corán o la jurisprudencia tradicional.
Esta
mentalidad es la misma que entra en juego con el simbolismo ritual del velo.
Se trata de un signo polisémico que procede de antiguo. Uno de sus
sentidos en
el ámbito sagrado lo hallamos en aquel velo que, en el templo de
Jerusalén,
separaba el sanctasantórum, vetando el acceso al santuario interior
donde
habitaba la presencia de Dios. Era el velo que se rasgó de arriba
abajo, según
los Evangelios sinópticos, cuando Jesús expiraba en la cruz (Marcos
15,38 y
paralelos), como significando la inauguración de una comunicación
abierta con
la divinidad. Pero, en la regresión islámica, los velos arcaicos
reaparecieron
y se restauraron.
En el
islam, la función del velo se traduce en dos oposiciones cuyos
respectivos significados
no acaban de encajar. Por un lado, el velo puede representar la
separación
entre lo sagrado y lo profano. Por otro, connota la disyunción entre
lo
lícito y lo ilícito o prohibido (halal/haram). Una misma
palabra, haram, sirve para expresar a la vez esos dos
aspectos: lo sagrado y lo
prohibido. Por ejemplo, la principal mezquita de La Meca se llama másyid
al-haram, el «santuario prohibido», en el sentido de sagrado, por
la
presencia divina. Y en la explanada interior de esta mezquita, la caaba
en
forma de cubo, denominada casa de Alá, imita el sanctasantórum y se
halla
siempre cubierta por un velo. Sin embargo, se considera también haram
todo alimento prohibido, la mujer preservada y todo comportamiento que
transgrede la norma legalmente establecida. Con la misma lógica, esa
palabra designa
el harén, que son los aposentos de la casa musulmana, vetados a los
hombres,
donde viven las mujeres.
Ahora
bien, en cuanto prohibido, lo haram no es tal por una maldad
intrínseca,
o por razones ponderables, sino porque está marcado negativamente por
la
voluntad divina que así lo ha decidido. Y esto explica la asimilación
con el
ámbito sagrado, que es el que instauró la prohibición. En ambas
acepciones,
como sagrado y como prohibido, haram significa una barrera
impuesta por
Dios al hombre, y este no puede o no debe traspasarla.
Los
dos pares de oposiciones tienen un segundo miembro, aunque entre ellos
resulta
imposible la coincidencia: lo profano (opuesto a sagrado) y lo
halal
o lícito (opuesto a haram) no se pueden asimilar en absoluto.
Aquí encontramos
un cruce extraño de significaciones. El significante haram
comporta un
doble sentido: positivo, en el caso de la mezquita; negativo, en el
caso de la
carne de cerdo, el vino, o la mujer del prójimo. En cambio, el
significante halal
denota siempre algo permitido y bueno, en radical desencuentro con lo
«profano»
que, en esta mentalidad, está siempre marcado como negativo, algo
malo,
exterior e inasimilable en el sistema. Lo profano nunca puede ser halal,
jamás es lícito, de manera que, excluido lo profano, lo sagrado tiende
a
apoderarse de toda la realidad.
De
ahí que el sistema islámico se constituya necesariamente como
teocracia. No
queda espacio para una autonomía humana, pues esta se considera
«profana». Lo
profano connota idolatría, politeísmo, descreimiento, todo lo que se
resiste a
someterse a Alá. Lo profano es el dominio de satanás, contra el que se
debe
combatir; constituye el territorio de la guerra, que se debe
conquistar.
Toda la
trama de prohibiciones
y prescripciones cumple una función religioso-política, relacionada con
la
estrategia de marcar la separación de la comunidad musulmana con
respecto a los
no musulmanes. Este código instaura fronteras simbólicas, sociales y
legales,
destinadas a construir y preservar una identidad inconfundible, a
señalar la
presunta superioridad propia sobre los demás, considerados
esencialmente impuros
y profanos. Dentro de la sociedad islámica, tanto los creyentes como
los
descreídos, o «infieles», carecen de libertad para transgredir la
barrera
halal/haram, que para todos impone un férreo sojuzgamiento al
sistema
islámico erigido por los califas. Por su parte, los creyentes están
llamados a
derribar la barrera entre sagrado y profano, aniquilando toda
profanidad, a
fin de que solamente quede la sacralidad de Alá.
Las
prohibiciones y
prescripciones alimentarias
El Corán reglamenta prohibiciones
y prescripciones referentes
a la comida
y la bebida. De estas reglamentaciones se trata nada menos que en doce
de los
capítulos coránicos. Son normas muy intrincadas, que afectan en
particular al
veto de la carne corrompida, la carne de cerdo, la sangre, lo ofrecido
a otros
dioses, el animal ahogado, apaleado, despeñado, corneado, devorado
por una
fiera o inmolado en los cipos.
«En lo
que se me ha revelado,
no encuentro prohibido, para que lo coma el que come, sino la carroña,
la
sangre derramada, la carne de cerdo, porque es una abominación, o lo
que, por
perversidad, se ha ofrecido a otro que no sea Dios» (Corán 55/6,145).
«Comed
de lo lícito y lo bueno
de que Dios os ha provisto, y agradeced la gracia de Dios. Si es que
lo
adoráis, Él os ha prohibido la carroña, la sangre, la carne de cerdo,
y la que
se ha ofrecido a otro que no sea Dios» (Corán 70/16,114-115; repetido
literalmente en 87/2,172-173).
«¡Hombres!
Comed de lo que hay
en la tierra, lo lícito y lo bueno, y no sigáis los pasos de satanás.
Es para
vosotros un enemigo declarado» (Corán 87/2,168).
«Os
está prohibido [comer] la
carroña, la sangre, la carne de cerdo, la que se ha ofrecido a otro que
no sea
Dios, la de animal ahogado, apaleado, despeñado, corneado, devorado por
una
fiera, salvo la que vosotros inmoléis, y la que ha sido inmolada sobre
piedras
erectas» (Corán 112/5,3).
No solo
hay comestibles
prohibidos, sino que también está prohibido el vino y las bebidas
embriagantes. Llama la atención que los versículos coránicos que
tratan del
vino se contradigan entre sí, quizá por haberse producido una evolución
cada
vez más restrictiva en el precepto (es un caso evidente de abrogación).
Primero, en la época anterior a la hégira, se mencionan las bebidas
alcohólicas
entre los dones de Dios. Luego, se miran con desconfianza. Y finalmente
se
prohíben de forma tajante.
«De los
frutos de las palmeras
y de las vides obtenéis una bebida embriagadora y un buen sustento. Ahí
hay un
signo para gentes que razonan» (Corán 70/16,67).
«Te
preguntan sobre el vino y
el juego de azar. Di: ‘En los dos hay un gran pecado y algunos
beneficios para
los humanos, pero su pecado es mayor que su beneficio’» (Corán
87/2,219).
«¡Vosotros
que habéis creído!
No os acerquéis al rezo ebrios» (Corán 92/4,43).
«¡Vosotros
que habéis creído!
El vino, el juego de azar, las piedras erectas y las flechas
adivinatorias son
abominación y obra de satanás. ¡Apartaos de eso, pues! (…) Satanás solo
quiere
suscitar entre vosotros enemistad y odio, por el vino y el juego de
azar, y
desalentaros del recuerdo de Dios y del rezo. ¿No vais a absteneros de
ello?»
(Corán 112/5,90-91).
Es
probable que la prohibición
del vino, aparte de prevenir ocasionales abusos, se hiciera cada vez
más
estricta como medida preventiva, para mantener a los musulmanes
separados de
otros contertulios judíos y cristianos.
Los
alimentos y bebidas
permitidos se denominan halal,
aunque, como queda dicho, este concepto constituye una calificación
más
general, referida a lo permitido o lícito (halal)
en contraposición a lo prohibido o ilícito (haram),
con implicaciones religiosas y jurídicas. Abarca incontables acciones
de la
vida, configuradas tanto pragmática como simbólicamente. En relación
con el
tema de las prohibiciones alimentarias, habría que recordar también,
como una
variante, la obligación del ayuno.
Las
prohibiciones alimentarias
coránicas remontan su origen al sistema legal de la religión hebrea,
si bien
amplían el número de alimentos ilícitos, impuros o ilegales (haram),
así como los procedimientos para su obtención y preparado. Al mismo
tiempo, se
fijan normas para alimentarse con comida y bebida con marchamo de
lícito,
puro y legal (halal). Por ejemplo, los animales permitidos deben
estar
sacrificados conforme al ritual de extracción de la sangre y mirando en
dirección a La Meca.
Las
prohibiciones y prescripciones indumentarias
La vestimenta, el atavío y el
acicalamiento son objeto de
severas reglas,
que han conseguido que la moda medieval perviva en buena parte hasta
nuestros
días. La importancia concedida al código vestimentario constituye una
muestra
práctica de la intolerancia del sistema islámico, reflejada en el modo
de
vestir. Con todo, el Corán es parco en este tema. Parece preocupado
sobre todo
por la peligrosidad social y moral del ser femenino, al que le impone
normas
de pudor y recato en la indumentaria.
Cuenta
la tradición que Mahoma,
en su palacio de Medina, por sugerencia de Omar, mantenía a sus
esposas
escondidas detrás de una cortina, de modo que desde allí conversaban
con los
visitantes, para no ser vistas. Con todo, los versículos que se suelen
citar en
apoyo del velo no son muy claros.
«¡Mujeres
del profeta! No sois comparables a ninguna otra mujer, si teméis. (…)
Permaneced
en vuestras casas, y no os exhibáis como se exhibían en la época de la
antigua
ignorancia. (…) Obedeced a Dios y a su enviado. ¡Gente de la casa! Dios
solo
quiere alejaros del vicio y purificaros plenamente» (Corán 90/33,32-33).
«¡Vosotros
que habéis creído!
No entréis en las casas del profeta, a menos que se os autorice para la
comida
(…) Cuando les pidáis [a sus mujeres] alguna cosa, pedídselo desde
detrás de un
velo. Esto es más puro para vuestros corazones y para sus corazones»
(Corán 90/
33,53).
En otro
versículo, se da una
razón para que las mujeres se cubran con sus mantos cuando salen de
casa, y es
que puedan ser reconocidas como musulmanas y así no sean molestadas,
algo de lo
que, según se da a entender, no estarían protegidas las no musulmanas.
«¡Profeta!
Di a tus esposas, a
tus hijas y a las mujeres de los creyentes que se envuelvan con sus
mantos.
Esto es lo mejor para que se las reconozca, y así no sufrirán
molestias»
(Corán 90/33,59).
En el
hogar propio, no hay
inconveniente en que las mujeres se quiten el velo, delante de los
familiares,
las personas allegadas y los esclavos (Corán 90/33,55), según se
detalla:
«Di a
las creyentes que bajen
sus miradas, que protejan su sexo y que no hagan aparecer de su encanto
más que
lo que aparece. Que plieguen sus velos sobre sus pechos. Que no hagan
aparecer
su encanto más que a sus maridos, sus padres, sus suegros, sus propios
hijos,
sus hijastros, sus hermanos, sus sobrinos carnales, sus esposas, las
esclavas
que posean, los sirvientes eunucos, y los niños que aún no saben de
las intimidades
femeninas» (Corán 102/24,31).
Solo a
las mujeres mayores, que
han llegado a la menopausia, se les levanta la estricta obligatoriedad
de
llevar el velo, pero, como están acostumbradas de toda la vida, son
pocas las
que aprovechan esta licencia, que está recogida el Corán:
«Las
mujeres que han alcanzado
la menopausia, y no esperan ya casarse, no hay inconveniente en que se
quiten
sus vestimentas, siempre que no se exhiban con su encanto. Pero, si se
abstienen, es mejor para ellas» (Corán 102/24,60).
En lo
que toca a los hombres,
el Corán es muy parco, apenas indica unas pautas de modestia en dos o
tres
versículos (Corán 102/24,33; 102/ 24,58-59). Sin embargo, la sociedad
musulmana
desarrolló reglas indumentarias que afectaban tanto a hombres como a
mujeres,
tanto a fieles como a infieles. Hay un estudio,
muy bien documentado, del profesor
tunecino Mohamed Tahar Mansouri, en el que analiza el código
vestimentario de
los países islámicos en la Edad Media. En lo que
toca a los hombres, las reglas básicas no son tan estrictas,
salvo en que deben taparse entre el ombligo y las rodillas. Pero hubo
un
importante desarrollo normativo. Está perfectamente codificado cómo y
cuándo
hay que vestir determinadas prendas, la túnica y el turbante, con tal o
cual
forma y color (cfr. Mansouri 2007: 147-171). Asimismo, se toma como
costumbre
dejarse la barba y recortarse el bigote, a imitación de lo que se
cuenta de
Mahoma, en quien los musulmanes tienen «un buen modelo» (Corán
90/33,21),
absolutamente idealizado.
Dado el
escaso fundamento
coránico para las normas indumentarias, se les buscó justificación en
la
tradición de los hadices, que prescriben claramente el velo, refiriendo
supuestos dichos de Mahoma:
«Narrado
por Aisa. Asma Ibn Abu
Bakr entró donde el enviado de Dios llevando un vestido muy fino. El
enviado de
Dios apartó la vista de ella y dijo: ‘¡Asma! Cuando una mujer alcanza
la edad
de la menstruación, no es apropiado para nada que se le vea nada más
que esto
y esto’, y señaló su cara y sus manos» (Abu Dawud 2008, volumen 4,
Libro del
vestido, capítulo 31, hadiz 4104).
Pero el
carácter autoritativo
que se les atribuye queda en entredicho por las dudas acerca de la
autenticidad
del hadiz:
«Una
gran parte de los hadices
son apócrifos, y nada nos impide pensar que la biografía del profeta se
forjó
en buena medida con elementos dispares, en los períodos posteriores.
Se
inventaron hadices y comportamientos con el fin de poder encontrar en
el pasado
una referencia en la que apoyarse para autorizar cualquier cosa»
(Mansouri
2007: 171).
Nadie
sabe con certeza cómo se
vestían los musulmanes durante las primeras épocas. A lo largo del
tiempo,
conforme se consolidaba aquel sistema asiático, despótico e integrista,
se fue
inventando y asentando el código vestimentario conocido, que hacía
visible
saber quién era cada uno por su vestimenta.
«En
la sociedad musulmana medieval, cada grupo tiene su indumentaria
emblemática.
El turbante (imama) es una distinción para el hombre árabe,
musulmán y
libre. En cuanto tal, varía de color según las circunstancias, de
talla según
el rango social, y de forma según el origen geográfico» (Mansouri 2007:
173).
De las
imposiciones simbólicas
en el atuendo, la más ostensible y rígida resulta ser la del velo
femenino,
cualquiera que sea su estilo. En la calle, la mujer debe cubrirse
obligatoriamente desde el momento de la primera menstruación. Este
precepto
encuentra cierta base en el Corán, como hemos visto, pero los
versículos
invocados no son tan concluyentes al respecto (cfr. Aldeeb 2016b). En
la
actualidad, mientras el atuendo masculino se ha relajado, el velo
femenino ha
incrementado su uso, y por tanto su significación, no solo en los
países
musulmanes, sino en especial en los occidentales, donde la mujer que
lleva el
velo islámico viene a significar una bandera que visibiliza el avance
de la
territorialización del islam. En última instancia, el velo opera como
un
emblema reivindicativo de la yihad.
La
parafernalia del velo ha
sido muy elaborada históricamente. Así, encontramos diversos estilos de
velo,
según sea parcial o integral, de color o negro. Los modelos más
conocidos,
enumerados de menos a más restrictivo, son: shayla, hiyab, al-amira, jimar,
chador, niqab, burka. El chador y
el niqab tienen que ser necesariamente de color negro. Algunos tipos se
hallan
distribuidos en función del país o la región.
«En
cuanto a las mujeres, el
signo distintivo reservado para ellas por la sociedad más que por el
legislador
original, es el velo. Este difiere por la denominación y la forma. Es hiyab
para la mujer de la ciudad, jimar para la mujer del campo, es niqab
o burka en función de su forma, y permite
reconocer a una mujer musulmana y
libre, entre el montón de
mujeres que se hallan en un espacio público. La esclava, ama,
se mueve en el espacio público, sin velo obligatoriamente, porque será
castigada si se atreve a contravenir las decisiones de los detentadores
del
derecho religioso. Hay que señalar que la indumentaria distintiva
medieval,
salvo la de las sufíes, es obligatoria para las mujeres y para los no
musulmanes y es objeto de múltiples decisiones políticas y
jurisprudenciales»
(Mansouri 2007: 174).
En su
libro sobre las
prohibiciones del islam, Anne-Marie Delcambre subraya que uno de los
motivos
del velo radica en el miedo a la sensualidad y la voluptuosidad que se
proyecta sobre la mujer, la cual representa una permanente tentación
del
diablo, porque con su poder de seducción amenaza con desestabilizar al
hombre y
poner en peligro todo el orden moral de la sociedad (cfr. Delcambre
2003:
36-37).
En
clave simbólica, aún cabe descifrar cierta correspondencia entre el
velo
femenino y la circuncisión masculina. Son dos prácticas simbólicamente
inversas, una que cubre y otra que descubre, pero que vienen a
significar el
mismo sometimiento al sistema mitológico islámico. Los dos se conciben
y
realizan como ritos de purificación. Al varón se le quita la envoltura
del
glande, que cubre la cabeza del miembro viril, mientras que a la hembra
se le
cubre con el velo la cabeza, sexualizada, sin que falte la connotación
genital,
puesto que se hace precisamente en el momento de la menarquia o primera
menstruación.
En
cualquier caso, la imperativa diferenciación de los trajes y atuendos
cumple
la función social de marcar simbólicamente y reforzar las fronteras
culturales
impuestas por el sistema islámico, siempre con la correspondiente
sanción
religiosa. En concreto, el
velo femenino marca la frontera sexual entre hombres y mujeres, la
frontera
social entre la mujer libre y la esclava, la frontera confesional entre
musulmanas y no musulmanas, y entre musulmanes y dimmíes. Todo el
sistema está
construido sobre la desigualdad y la exclusión.
Los
significados
del velo islámico
Acabamos de señalar la
funcionalidad del velo islámico como
significante
de la discriminación genérica que gravita sobre las mujeres en el Corán
y en la
tradición islámica. Para los musulmanes ortodoxos la inferioridad
femenina
inscrita en el libro sagrado no admite otra interpretación: las
mujeres deben
estar excluidas del espacio público, se les veta el acceso al trabajo
y, aún
más, a la política, y en los casos extremos, bajo el niqab o el burka
se las
hace pasar en público como sombras.
Y ese
ensombrecimiento ha
llegado hoy mucho más allá del mundo árabe y musulmán. No hace tanto
tiempo,
eran muy pocas las musulmanas residentes en Europa que llevaban el
velo por la
calle. Incluso en algunos países de mayoría musulmana, como Marruecos o
Turquía, tampoco estaba generalizado el uso del velo. Pero luego, al
principio
imperceptiblemente, apareció con fuerza el empleo del tocado femenino,
sin
duda signo visible de una creciente presión ejercida sobre las
mujeres. En los
últimos años, pese a las polémicas, el velo se ha reforzado
explícitamente como
enseña en la ofensiva del islamismo tradicionalista, integrista y
salafista.
En buena medida es un claro efecto del sistemático proselitismo
desplegado por
los movimientos musulmanes de toda laya, durante los últimos treinta o
cuarenta
años, también en Europa, con connivencia de los poderes públicos, ante
la
pasividad ingenua y la complacencia inconsciente de la mayoría de los
ciudadanos. Por eso, es cada día más necesario insistir en la
importancia del
tema y tratar de cobrar conciencia de la carga de significados que
vehicula el
velo, a tenor de su código, ese significante nada inocente.
En las
sociedades occidentales
la principal función del velo es, sin duda, impedir o estorbar la
integración
de las mujeres, como factor decisivo para oponerse a la integración
general de
los musulmanes en la sociedad, una oposición que constituye un objetivo
estratégico y pragmático del islamismo en los países europeos.
Por esta
razón, entre otras, llevar el velo no se puede explicar en absoluto
como
devoción personal, ni como protección de las mujeres, según quieren
hacernos
creer mendazmente los ideólogos islamistas y no pocos políticos y
clérigos
desinformados. Es un instrumento tradicional utilizado, bajo apariencia
piadosa,
para el control del sexo femenino, e indirectamente de toda la
comunidad. A las
musulmanas se les impone como obligación ineludible, y así se las
convierte en
peones sobre el tablero de la sociedad, en orden a su islamización.
Dicen que
es para que las respeten, como si no hubiera que respetar a todas las
mujeres,
o como si el respeto a las demás importara poco.
Así,
pues, hay que entender que
la costumbre del velo islámico, en cualquiera de sus variantes, opera
como una
forma deliberada de discriminación, opresión y estigmatización pública
de las
musulmanas, como mujeres, al amparo incuestionable del Corán, los
dichos de
Mahoma y la jurisprudencia islámica.
En
medios europeos, a veces, no
faltan quienes difunden la falacia de que la mujer musulmana se pone el
velo
libremente, o que es un derecho de la mujer llevarlo. Si fuera libre,
no
tendrían terminantemente prohibido desprenderse de él en público.
Parece claro,
entonces, que la musulmana, si no tiene libertad para quitarse el velo,
es que
tampoco tiene libertad para ponérselo. El hecho es tan lamentable que,
desde
una posición crítica, bien puede imaginarse que el velo simboliza algo
así como
una mortaja de la inteligencia.
Habría
que preguntarse qué
respeto merece una religión que impone a las mujeres restricciones
hasta tal
punto. Por parte de ellas, si no se rebelan ante una imposición de esa
índole,
están dispuestas a someterse en todo lo demás. Y, si ni siquiera es
pensable,
el juicio ya está hecho.
En
definitiva, sea cual sea la
motivación personal de cada mujer, el significado pragmático del hecho
de
llevar obligatoriamente el velo islámico supone bastante más que una
imposición machista ocasional. Significa y produce el establecimiento
sistémico de una demarcación social, religiosa e inseparablemente
política, que
ratifica la inferioridad femenina y la exterioridad de los infieles.
Recopilemos a continuación sus rasgos más emblemáticos:
1.
Marca a las mujeres
musulmanas, en el espacio público, mediante un signo ostensible que las
diferencia y distancia de las demás mujeres, y las mantiene alejadas de
los
hombres.
2.
Recalca socialmente la
distinción entre musulmán y no musulmán, en un contexto donde,
siguiendo el
Corán, se sobreentiende que todo no musulmán es enemigo de Dios y debe
ser
sometido.
3.
Proclama que a las mujeres
musulmanas se les impide la relación y el matrimonio con hombres no
musulmanes
(salvo que se conviertan al islam). Al interrumpir así drásticamente la
dinámica
de los intercambios matrimoniales, se crea una sociedad autosegregada
en el
interior de la sociedad general.
4.
Niega la igualdad de
derechos propia del concepto de ciudadano, pues se restringen derechos
por el
hecho de ser mujer, lo cual atenta contra los fundamentos de toda
organización
social democrática.
5.
Asocia el significado del
velo con otras reivindicaciones comunitaristas, fuera de los países
musulmanes, apoyando exigencias como un menú halal en los
comedores
escolares, un lugar para el rezo en las empresas y los supermercados,
un
espacio y horario reservado para mujeres en las piscinas públicas, etc.
6.
Aspira a crear zonas
residenciales y legales específicas para los musulmanes, es decir,
ámbitos no
regidos por las leyes del Estado, sino por la ley islámica. Se trata de
tentativas de conquista, de apariencia pacífica, al servicio de un
proyecto
declarado: primero, forzar la creación de espacios propios de la
comunidad
musulmana y, como objetivo, debilitar el poder democrático e ir
islamizando la
sociedad.
7. En
una palabra, el
comportamiento simbólico y práctico del uso del velo se encuadra en la
estrategia
global de la yihad. Es un error fatal entenderlo como una cuestión de
libertad
religiosa. Porque es un problema de defensa de los derechos humanos y
las
libertades cívicas frente a la infiltración subrepticia o insidiosa del
sistema
islámico.
Sobre
este debatido tema, se
puede encontrar una exposición más detallada acerca de los vaivenes
en torno
al velo con el que se cubren las musulmanas, en el libro Los
dilemas del
islam (cfr. Gómez García 2012: 53-65). También es ilustrativo leer,
en
Internet, el artículo Significado del velo femenino en el islam
(Castilla
2020a). Ampliaremos el análisis de la condición femenina en el
islamismo en el
capítulo sobre la inferioridad de la mujer conforme al orden coránico.
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